La interrupción del servicio en transmisión se prolongó por 78 horas afectando a más de 30 mil personas en tres comunas de la Región del Maule. El máximo tribunal del país destacó en su fallo que la empresa eléctrica debió ejecutar todas las acciones necesarias para asegurar un suministro continuo y seguro, incluyendo el despeje y limpieza de las líneas de transmisión.
De forma unánime la tercera sala de la Corte Suprema ratificó las multas de 500 y 300 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), más de $37 millones de pesos, que la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, aplicó a la empresa distribuidora TRANSNET por el corte del suministro eléctrico que afectó a más de 10 mil clientes de la Región del Maule en agosto de 2015.
El hecho ocurrió durante un temporal de viento y lluvia que provocó la caída de árboles en la línea de transmisión de 66 KV Hualañé – Licantén. A raíz de ello, 10.802 usuarios fueron afectados, equivalentes a 30 mil personas, de las comunas de Licantén, Vichuquén y Curepto. El servicio se recuperó totalmente en condiciones normales en transmisión, solo 78 horas después.
Posterior a la emergencia, personal de la SEC inspeccionó en terreno y solicitó los primeros antecedentes para determinar las causas de la interrupción del suministro, constatando que TRANSNET no realizó las labores de poda de árboles cercanas a las líneas de transmisión y excedió el tiempo de trabajo para la recuperación del servicio.
El Director Regional de SEC Maule, Francisco Valdebenito, aseguró que “desde el 2015 estamos impulsando un plan de acción intensivo para que las empresas eléctricas cumplan con la poda y limpieza de las líneas de transmisión y distribución, elementos que buscan asegurar un suministro eléctrico continuo y estable a los usuarios de la región”.
FUERZA MAYOR
El dictamen de la Corte Suprema, junto con ratificar las conclusiones de la investigación realizada por la SEC, reafirma el que las empresas deban ejecutar de forma óptima y a tiempo los procedimientos y protocolos establecidos para disminuir el impacto de factores, como los climáticos, en el servicio eléctrico que reciben los usuarios.
“Esta determinación refuerza la obligación que tienen las empresas eléctricas de realizar a tiempo las labores necesarias para evitar que factores externos interfieran con la continuidad del suministro. Además, las tareas de reposición del servicio deben generar el menor impacto posible en la ciudadanía”, señaló Francisco Valdebenito.
Por último, el Director Regional de SEC Maule reiteró a los usuarios que pueden denunciar cualquier interrupción del suministro eléctrico a través de los distintos canales de atención dispuestos por la institución: las oficinas presentes en la región, el FONO SEC (600 6000 732) o desde www.sec.cl, dirección que debe ser digitada en el navegador de cualquier computador o teléfono celular.P