Con la presencia de la seremi de Salud y en la empresa Olivares de Quepo, se llevó a cabo la actividad que da inicio a la temporada agrícola en la Región del Maule.
El trabajo agrícola se diferencia de otras ramas de la actividad económica, ya que tiene un carácter estacional, es decir, su población trabajadora aumenta notoriamente durante un período determinado, lo que se conoce, en este caso, como trabajo de temporada agrícola.
En esta línea, el Ministerio de Salud ha lanzado la Campaña de Trabajo Temporal Agrícola a través de los años, siendo esta una oportunidad para cumplir con uno de sus objetivos principales; que es entregar durante todo el año formación e información sobre los derechos en salud y prevención de riesgos de los trabajadores y trabajadoras agrícolas temporales.
Por este motivo, la Seremi de Salud del Maule realizó el lanzamiento oficial de la temporada agrícola en la región, donde se realizó una actividad en la empresa Olivares de Quepo que contó con la presencia de trabajadores agrícolas.
En la oportunidad, la seremi de Salud Marlenne Durán, estuvo junto a los asistentes y señalo que “estamos preocupados por la salud de los trabajadores agrícolas, sobre todo en esta época donde aumenta la cantidad de personas en estas labores. Por lo mismo, aumentamos las fiscalizaciones y pretendemos duplicarlas, por lo que hemos tenido un aumento de recursos desde el Ministerio de Salud para esto. Además, quiero agradecer la disposición de las empresas para desarrollar este tipo de actividades, ya que demuestran la preocupación que tienen con sus trabajadores”.
Cabe señalar que el objetivo principal de la jornada fue promover la prevención de accidentes del trabajo y enfermedades laborales, dentro de las cuales destacan los trastornos musculoesqueléticos, las intoxicaciones agudas por plaguicidas, las intoxicaciones alimentarias y las quemaduras solares, entre otras.
Asimismo, en la actividad se capacitó a los trabajadores sobre sus derechos en salud laboral, contemplados en la ley 16.744; las medidas de prevención de riesgos derivados del uso de plaguicidas, específicamente frente a la aplicación de plaguicidas por vía terrestre; y el acceso a las prestaciones preventivas que otorga la Ley 16.744, entre otros.