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martes, octubre 15, 2024
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Servicios Sanitarios Rurales estarán eximidos del pago de IVA

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Proyecto fue despachado a Ley y aprobado por unanimidad en el Senado, por lo que podrá ser promulgado en los próximos días por el Presidente Gabriel Boric. La iniciativa establece que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA a partir de enero de 2023. Adicionalmente, no les será exigible estar inscritos en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales establecido en la Ley Nº 20.998 hasta la entrada en vigencia de dicho registro (noviembre de 2024).

Este miércoles la Sala del Senado aprobó de forma unánime el proyecto que establece que los servicios prestados por operadores de Agua Potable Rural (APR) a sus asociados, cooperados o socios no estarán gravados con IVA. Con este paso el proyecto está en condiciones de convertirse en Ley, y en los próximos días podrá ser promulgada por el Presidente Gabriel Boric. Esta exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los Servicios Sanitarios Rurales era un compromiso adquirido por el gobierno y será aplicada desde enero de 2023. 

El proyecto de ley contiene un único artículo permanente, que incorpora un nuevo artículo 64 bis a la Ley Nº 20.998 de 2017, que regula los Servicios Sanitarios Rurales, aclarando el tratamiento tributario de los servicios prestados por APR. Establece que los servicios prestados por operadores de APR a sus asociados, cooperados o socios no se encontrarán gravados con IVA a partir de enero de 2023. Adicionalmente, no les será exigible estar inscritos en el registro de operadores de servicios sanitarios rurales establecido en la Ley Nº 20.998 hasta la entrada en vigencia de dicho registro (noviembre de 2024).

Tampoco se gravarán con IVA los servicios entre operadores o asociaciones de operadores, siempre que se destinen a garantizar la continuidad del servicio; tampoco se gravarán los servicios prestados por los APR en beneficio del Cuerpo de Bomberos o sus compañías ni a establecimientos educacionales municipales y de bienes raíces municipales. 

La subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, tras agradecer en la Sala el apoyo de senadores y senadoras, destacó la importancia de dar certeza jurídica respecto de que los APR no pagarán IVA por los servicios de agua potable a sus asociados, cooperados o socios en forma retroactiva a partir de enero de 2023 y los otros casos específicos en que no se les aplicará dicho impuesto: “Había un compromiso del Gobierno de despejar este tema antes de noviembre de 2023 y lo estamos resolviendo en junio”, sostuvo.    

Por su parte, la ministra de Obras Públicas, Jessica López, destacó que esta ley beneficiará a más de 2.300 organizaciones de Agua Potable Rural y recordó que estas tienen hasta noviembre de 2024 para inscribirse en el registro de operadores de Servicios Sanitarios Rurales.

“Esta ley va a beneficiar a más de 2.300 Servicios Sanitarios Rurales (SSR), a lo largo de todo el país, con quienes trabajamos todos los días para ampliar y mejorar la cobertura de agua potable rural, continuidad y calidad. Los SSR prestan un servicio fundamental a las comunidades en el derecho humano a tener agua potable, pero además tienen características bien particulares, por ejemplo, nacer de la organización social entre vecinos para poder contar con agua. Agradezco a los y las parlamentarias por aprobar esta ley, que era un compromiso con los chilenos y chilenas que viven en zonas rurales”, dijo la ministra de Obras Públicas, Jessica López.

Agregó que “ahora seguiremos conversando con las organizaciones en la mesa de trabajo que existe para poder dar respuesta a las distintas inquietudes y mejoras en las disposiciones que afectan a los SSR y ver cómo la normativa responde a estas necesidades”.

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