La fiscal jefe de Linares, Carola D’Agostini, explicó que la audiencia no pudo continuar debido a que actuaciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado no fueron notificadas a algunos acusados con la anticipación legal exigida. El tribunal fijó una nueva jornada para el 10 de marzo próximo.
La audiencia de preparación de juicio oral del denominado “Caso Cloro”, realizada este martes 3 de noviembre en el Juzgado de Garantía de Linares, fue postergada debido a un problema en la notificación de algunos de los acusados.
La causa involucra a 15 personas, entre funcionarios municipales, exfuncionarios y comerciantes. Entre los acusados se encuentran el alcalde de Linares, Mario Meza Vásquez; el actual director de Desarrollo Comunitario, John Sancho Bichet; y el exadministrador municipal Francisco Parra Flores.
Tras finalizar la jornada, la fiscal jefe de Linares, Carola D’Agostini, explicó que la audiencia no pudo desarrollarse porque algunos acusados no fueron notificados dentro del plazo establecido respecto de las actuaciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado, organismo que interviene como querellante en la causa.
El CDE presentó una acusación particular y una demanda civil dentro del procedimiento. Estas actuaciones debían ser comunicadas a cada acusado con la anticipación necesaria para que sus defensas pudieran conocerlas y preparar sus planteamientos antes de la audiencia.
El artículo 262 del Código Procesal Penal establece que las acusaciones particulares, adhesiones y demandas civiles deben ser notificadas al acusado, como máximo, diez días antes de la audiencia de preparación de juicio oral.
Ante esta situación, las defensas hicieron presente que el plazo legal no se había cumplido respecto de todos sus representados. El tribunal acogió el planteamiento y resolvió postergar la audiencia, fijando su continuación para el 10 de marzo próximo.
La objeción formulada por las defensas corresponde al ejercicio de una garantía procesal. Los antecedentes conocidos hasta ahora no permiten sostener que hayan provocado el problema de notificación ni que exista una maniobra destinada a retrasar el procedimiento.
Tampoco es posible atribuir directamente el error al Consejo de Defensa del Estado sin revisar el registro de tramitación. Para determinar su origen se debe establecer cuándo presentó el CDE sus escritos, cuándo el tribunal ordenó notificarlos y en qué fecha se practicó la diligencia respecto de cada acusado.
Como regla general, las notificaciones de las resoluciones judiciales son efectuadas por funcionarios habilitados del tribunal. Por ello, resulta necesario diferenciar una eventual presentación tardía del querellante de una notificación que, pese a haberse ordenado oportunamente, no se concretó dentro del plazo.
La acusación de la Fiscalía
El Ministerio Público acusa a nueve funcionarios o exfuncionarios municipales y a seis particulares por hechos relacionados con compras efectuadas durante la pandemia de Covid-19.
La investigación aborda adquisiciones de cloro, test rápidos, mascarillas y cajas de alimentos realizadas mediante contrataciones directas. Según la acusación fiscal, estas operaciones habrían presentado irregularidades y sobreprecios que ocasionaron un perjuicio municipal estimado en al menos $195.732.227.
La Fiscalía atribuye a los funcionarios acusados participación en delitos de fraude al Fisco, mientras que a los comerciantes les imputa obtención fraudulenta de prestaciones estatales. Estas acusaciones deberán ser acreditadas durante el juicio y no constituyen, por sí mismas, una declaración de culpabilidad.
Para el alcalde Mario Meza y John Sancho, el Ministerio Público solicita penas de 15 años y un día de presidio, además de multas e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos. La acusación considera también distintas penas para los demás involucrados, de acuerdo con la participación que la Fiscalía atribuye a cada uno.
Por su parte, el Consejo de Defensa del Estado presentó una demanda civil solidaria por $198.330.227 contra los 15 acusados y solicitó medidas cautelares sobre bienes de 13 de ellos. Esa solicitud no contempló bienes del alcalde Mario Meza y su resolución quedó sujeta a la presentación de antecedentes de dominio.
¿Qué se resolverá en marzo?
La audiencia de preparación de juicio oral no determina la culpabilidad o inocencia de los acusados. Su finalidad es revisar las acusaciones, resolver eventuales objeciones procesales y establecer qué testigos, documentos, peritajes y otros antecedentes podrán presentarse posteriormente ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal.
La postergación no elimina ni modifica, por ahora, la acusación del Ministerio Público o las acciones presentadas por el Consejo de Defensa del Estado. El procedimiento continuará el 10 de marzo, fecha en que el tribunal deberá retomar la preparación del eventual juicio oral, siempre que las notificaciones se encuentren correctamente practicadas.


