Seremi del Trabajo y Dirección del Trabajo intensificaron el llamado a respetar los feriados obligatorios del 25 de diciembre y 1 de enero, anunciando fiscalizaciones regionales, sanciones por trabajador afectado y recordando los derechos y excepciones que rigen para el comercio durante las fiestas de fin de año.
La seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba, explicó que el feriado irrenunciable del 25 de diciembre comienza el 24 a las 20:00 horas y finaliza el 26 a las 06:00 horas. En tanto, el feriado del 1 de enero de 2026 se inicia el 31 de diciembre a las 20:00 horas y concluye el 2 de enero a las 06:00 horas.
“Este derecho es irrenunciable para los trabajadores del comercio y debe ser respetado plenamente por los empleadores”, enfatizó la autoridad regional.
En la misma línea, el director (s) de la Dirección Regional del Trabajo, Drago Lillo, señaló que durante estas fechas se reforzarán las fiscalizaciones. “El 24 verificaremos que el comercio cierre a las 20:00 horas, y el día 25 habrá rondas de fiscalización en toda la región para asegurar el cumplimiento del feriado irrenunciable”, indicó.
Las autoridades recordaron que las multas se aplican por cada trabajador afectado, pudiendo alcanzar hasta 20 UTM por persona en el caso de grandes empresas, lo que supera el millón de pesos por infracción.
Desde el ámbito de la seguridad, el subprefecto de la Prefectura de Talca, Remsy Parra, informó que Carabineros desplegará el servicio “Navidad Segura”, con patrullajes preventivos en sectores comerciales del centro de Talca, con el objetivo de prevenir delitos durante las compras de fin de año.
Trabajadores exceptuados del feriado
Se recordó que existen excepciones al descanso obligatorio, como trabajadores de restaurantes, cines, espectáculos en vivo, discotecas, casinos, aeropuertos, expendio de combustibles, farmacias de turno y tiendas de conveniencia en servicentros que vendan alimentos preparados en el lugar.
No obstante, desde 2016 rige una norma que garantiza que estos trabajadores deberán descansar al menos una vez cada dos años, si continúan con el mismo empleador.
Fiscalización, sanciones y denuncias
La Dirección del Trabajo contará con turnos especiales de fiscalización durante ambos feriados. En caso de incumplimiento, los trabajadores deberán cesar inmediatamente sus labores, además de aplicarse la multa correspondiente al empleador.
Las sanciones van desde 5 a 20 UTM por trabajador, según el tamaño de la empresa. Para diciembre de 2025, el valor de la UTM es de $69.542.
Las denuncias podrán realizarse a través del sitio web www.direcciondeltrabajo.cl, donde se habilitará un banner especial, o llamando al 600 450 4000, los días 25 de diciembre y 1 de enero, entre las 09:00 y 15:00 horas.
Finalmente, se precisó que los locales atendidos exclusivamente por sus dueños o familiares directos pueden funcionar, ya que no existe relación laboral.


