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martes, agosto 25, 2026
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Reforma de Pensiones: Nueva Cotización rige a partir de las remuneraciones del mes de agosto de 2025

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A partir de agosto de 2025, todos los empleadores del país deberán realizar un aporte adicional del 1% sobre el sueldo imponible de cada trabajador y trabajadora, con el fin de contribuir al aumento de las pensiones. Esta información fue comunicada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social, junto con el Director Regional (s) del Instituto de Previsión Social (IPS) Maule.

La ley de Reforma Previsional busca mejorar las pensiones actuales y futuras mediante un incremento gradual de las cotizaciones, que será responsabilidad del empleador. Así lo anunciaron Maribel Torrealba Retamal, Seremi del Trabajo y Previsión Social, y Luis Martínez Villa, Director Regional (s) del IPS Maule.

En una primera fase, se deberá integrar un 1% adicional, calculado sobre las remuneraciones de agosto de 2025, que se sumará a las cotizaciones habituales de los trabajadores.

“Este primer incremento es el inicio de una serie de aumentos que, de manera progresiva, elevarán la cotización del empleador hasta un 8,5% del sueldo imponible para el año 2033. De este 1% inicial, un 0,1% se destinará directamente a las cuentas individuales de AFP, aumentando así el ahorro previsional de los trabajadores, mientras que el 0,9% restante se destinará al Seguro Social Previsional para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto contribuirá a cerrar la brecha previsional causada por su mayor esperanza de vida, resultando en pensiones más equitativas”, explicó la Seremi del Trabajo.

El Director Regional (s) del IPS Maule añadió que “el aporte del 1% debe integrarse dentro del plazo mensual establecido para el pago de cotizaciones, es decir, hasta el día 13 del mes siguiente al pago de las remuneraciones, siempre que la declaración y el pago se realicen de forma electrónica. Para ello, se realizarán adecuaciones al formulario actual por parte de la entidad recaudadora correspondiente”.

Las autoridades también destacaron que, a medida que avance la Reforma de Pensiones, se incluirá en el Seguro Social Previsional el porcentaje correspondiente al Beneficio por Años Cotizados. Asimismo, la cotización vigente que los empleadores abonan por concepto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidando así todas las contribuciones a cargo del empleador.

Calendario de Incrementos Graduales

El 1% adicional inicial representa el primer tramo de una serie de aumentos de cotizaciones, que de forma escalonada llevarán el aporte del empleador al 8,5% del sueldo imponible en 2033, conforme al siguiente calendario:

Próximos Pasos

Es crucial que durante este período los empleadores preparen sus procesos internos para el pago de esta cotización adicional del 1%, que comenzará a aplicarse sobre las remuneraciones de agosto de 2025.

Además, la Superintendencia de Pensiones ha publicado la Norma de Carácter General N° 336, que establece procedimientos específicos de recaudación y distribución de estos nuevos aportes para las instituciones involucradas, la cual está disponible para consulta en el sitio web www.spensiones.cl.

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