Se trata de una demanda interpuesta en el año 2019 por la empresa Grafica de la propietaria Carolina Rivera Barros, en la que pide que el organismo le cancele los trabajos realizados entre los años 2017 y 2019, y que fueron solicitados sin las respectivas órdenes de compra, sino a través de “llamados telefónicos”, por lo que el 2do Juzgado de Letras ordenó el pago de la deuda. Sin embargo, este jueves la municipalidad ingresó un recurso de apelación para que la sentencia sea enmendada.
Los hechos enunciados datan del año 2019, cuando se interpuso una querella contra el municipio de Linares por deuda impaga por concepto de publicidad gráfica de la empresa Gráficas Linares, por lo que el 24 de abril del presente año el 2do Juzgado de Letras dio sentencia y condenó al organismo local a pagar más de 42 millones de pesos.
Efectivamente, tal como lo señala la demanda, en el año 2017 la empresa comenzó una relación comercial con la municipalidad, específicamente con el Departamento de Relaciones Públicas, en el que se le solicitaban una serie de servicios, que en algunos casos no fueron solicitados a través de las respectivas órdenes de compra, sino a través de “llamados telefónicos”.
Así por ejemplo, el 17 de mayo de ese año se solicitó la instalación de un tótem giratorio de 4 caras y en noviembre del mismo año la impresión de 2.000 invitaciones en papel couche, gigantografías, poleras y jockey, y así una serie de trabajos que llegan hasta el mes de mayo del año 2019, por lo que durante dos años la afectada sostuvo diversas conversaciones con funcionarios municipales a fin de que la situación fuera regularizada, lo que finalmente no ocurrió, por lo que la demandante acudió a la Contraloría General de la República, que el 26 de noviembre del año 2019 instruyó el pago de estos servicios.
Según indica la demanda, la afectada sufrió un daño patrimonial que alcanza los 42 millones 709 mil 898 pesos, más 7 millones de pesos por concepto de costos de abogado y acciones judiciales, lucro cesante que se valora en 20 millones de pesos y daño moral avaluado en 100 millones de pesos.
Finalmente, la resolución dictada por el Juzgado señala que se negaron los pagos por concepto de contratación de abogados, lucro cesante y daño moral, pero si se ordena al municipio pagar a la demandante los más de 42 millones de pesos por los trabajos realizados y no cancelados.
Respecto a esta resolución, la municipalidad ingresó este jueves un recurso de apelación para que se enmiende la sentencia, basándose principalmente en que no existen documentos de respaldo que avalen los trabajos efectuados.
Consultados al municipio por esta determinación judicial, hasta el cierre de esta nota, no respondieron a nuestra solicitud.


