Existen bicimotor consideradas como ciclos y otras que se considerarán motocicletas pero, ¿sabes cómo diferenciarlas? A continuación te explicamos qué tipo de bicimotos requieren que su conductor obtenga una licencia de conducir específica para su manejo.
Durante el último tiempo, el aumento de ventas de las llamadas bicimotos y motocicleta de tres ruedas «toritos» superó a todas las vendidas en el 2019 y 2020. Sin embargo, muchos invierten en ellas pensando en que podrán manejarlas sin contar con licencia de conducir, ni patente, pero eso se trataría de un mito.
Johanna Vollrath, secretaria ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito (CONASET), indicó que “es un mito urbano que una motocicleta con 50 cc no requiere ninguna documentación”. Agregó que “todas las motocicletas, independiente de su cilindraje, deben tener la documentación al día y el conductor debe conducir con una licencia clase C”.
Sumado a eso, la ley 18.290 de la Ley de Tránsito en Chile indica que si el vehículo, sea eléctrico o a bencina, “alcanza una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora, se necesita documentación”, situación que muchas veces es desmentida por los mismos vendedores de estas motocicletas, desinformando así a los conductores.
Todo esto ha hecho que el Ministerio de Transporte lleve a cabo una campaña para informar a la comunidad sobre los requisitos para conducir estos vehículos, entre ellos, contar con licencia de conducir y con un permiso de circulación.
El Caiptan de la SIAT Maule, Carlos Cabezas Novoa, indicó que, «en relación a los moviles conocidos como «toritos», que son moticicletas de tres ruedas, es importante consignar lo siguiente, la Ley de Tránsito en su artículo 2 define el concepto de ciclo, son aquellos que no pueden susperar una potencia nominal continua maxima de 0,25 kws y que su alimentacion sea interrumpida a los 25 kilometros por hora. Es decir que todo movil que supere esta definicion es considerado un vehiculo motorizado, por ende requiere la totalidad de los documentos que exige la Ley y su licencia de conducir clase B».
Los ocupantes, tanto el conductor como pasajeros, deberán:
• Usar casco reglamentario, sujeto a la barbilla mediante hebillas o trabas que lo aseguren a la cabeza del ocupante.
• Usar protección ocular, la que podrá consistir en anteojos o ser parte integrante del casco.
• Usar guantes de material resistente al roce que cubran la mano completa, incluyendo los dedos.
• Usar calzado cerrado que cubra el pie, preferentemente con planta antideslizante.
• Usar ropa que cubra totalmente piernas y brazos, preferentemente de material resistente al roce, al circular en vías con velocidad máxima de 80 km/hr o superiores.
aquí los detalles del instructivo
INSTRUCTIVO PARA LA FISCALIZACIÓN DE LAS MOTOCICLETAS TIPO TORITO


